Ley 2466 de 2025: cómo cambiaron las redenciones de pena en Colombia
En febrero de 2025 Colombia promulgó la Ley 2466, una reforma que modificó de manera importante el régimen de redenciones de pena para personas privadas de la libertad. Si tiene un familiar condenado en un establecimiento del INPEC, entender este cambio puede significar semanas o incluso meses de diferencia en su fecha de acceso a beneficios como la libertad condicional o la prisión domiciliaria.
¿Qué son las redenciones de pena?
Las redenciones de pena son un mecanismo legal que permite a los internos descontar días de su condena a través del trabajo, el estudio y la enseñanza dentro del establecimiento penitenciario. Están reguladas en el Código Penitenciario y Carcelario (Ley 65 de 1993) y han sido objeto de varias modificaciones a lo largo de los años. Su importancia práctica es enorme: los días redimidos se descuentan del total de la pena y aceleran el momento en que el condenado puede solicitar beneficios como la libertad condicional.
¿Qué cambió con la Ley 2466 de 2025?
La ley establece que se abonarán dos días de reclusión por cada tres días efectivos de trabajo o estudio dentro del establecimiento. Esta relación (2 por cada 3 días) busca incentivar la participación activa de los internos en actividades productivas y educativas, reconociendo que estas actividades tienen un impacto real en la reducción de la reincidencia.
Uno de los aspectos más relevantes de la norma es el reconocimiento de las actividades laborales desarrolladas dentro del penal como experiencia laboral válida. El Ministerio de Trabajo tiene un plazo de seis meses desde la promulgación de la ley para reglamentar cómo se certifica y reconoce esta experiencia, con el objetivo de facilitar la inserción laboral al momento de la libertad. Esto representa un cambio significativo frente al estigma que históricamente ha enfrentado la población pospenada en el mercado laboral.
El INPEC y la USPEC (Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios) quedan encargados de consolidar y reportar la información sobre participación de los internos en actividades productivas, para que el Ministerio de Trabajo pueda llevar estadísticas actualizadas sobre inserción laboral.
Por qué importa la exactitud en los cómputos del INPEC
El registro de las actividades de trabajo y estudio es responsabilidad del INPEC, pero en la práctica los errores en los cómputos son frecuentes. Días trabajados que no quedaron registrados, períodos de estudio que no fueron certificados a tiempo o redenciones calculadas con la norma equivocada son situaciones que se presentan con más regularidad de lo que debería. Cada error en el cómputo puede retrasar semanas o meses la fecha en que el condenado alcanza el 60% de la pena necesario para solicitar la libertad condicional.
Por eso, la revisión técnica y oportuna de los cómputos del INPEC no es un lujo: es una necesidad para cualquier persona privada de la libertad y para su familia. La diferencia entre un cómputo correcto y uno erróneo puede ser determinante en la estrategia de ejecución de penas.
¿Cómo se tramita el reconocimiento de las redenciones ante el Juez de Ejecución?
Las redenciones no se reconocen automáticamente. El INPEC debe certificarlas y el abogado o el condenado deben presentar esa certificación ante el Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad para que queden formalmente reconocidas en el expediente. Si hay discrepancias entre lo que certifica el INPEC y lo que el abogado calcula, se puede controvertir ante el juez con la documentación de respaldo de las actividades realizadas.
Lo que debe revisar si tiene un familiar condenado
Si tiene un familiar privado de la libertad en un establecimiento del INPEC, hay tres cosas que vale la pena verificar: primero, si las actividades de trabajo o estudio que realiza están siendo registradas correctamente por el INPEC; segundo, si los cómputos que lleva el juzgado de ejecución de penas coinciden con los que reporta el INPEC; y tercero, cuándo —con los cómputos correctos y las redenciones reconocidas— se alcanza el 60% de la pena para solicitar la libertad condicional o los demás beneficios aplicables.
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