CASTELLANOS ABOGADOS / TIEMPO Y LIBERTAD

Si ya hay condena, todavía puede haber opciones para recuperar libertad

Cuando una persona cumple una pena, cada día importa. Revise si existen redenciones, libertad condicional, domiciliaria u otros beneficios que puedan solicitarse.

Evaluar mi caso
01Revisión de tiempo físico, redenciones, trabajo, estudio y conducta.02Evaluación de libertad condicional, domiciliaria y otros beneficios.03Seguimiento ante el juzgado de ejecución de penas.
01 / CUÁNDO ACTUAR

El expediente debe decir cuánto tiempo falta.

Hay momentos en los que esperar reduce las opciones. Estos son los escenarios que conviene revisar primero.

01

Su familiar está condenado y quiere saber si puede pedir libertad condicional o domiciliaria.

02

Hay trabajo, estudio o buena conducta que podría descontar tiempo de pena.

03

No hay claridad sobre radicados, respuestas del juzgado o estado del trámite.

02 / LECTURA DEL CASO

Tiempo cumplido, soporte y petición.

La posibilidad de un beneficio depende de unir correctamente el cómputo, las actividades certificadas y los requisitos legales.

01TIEMPO FÍSICO

Días efectivamente cumplidos

Verificación de fechas de captura, privación de libertad y cómputos judiciales.

02REDENCIONES

Trabajo, estudio y enseñanza

Revisión de certificados, conducta y actividades que pueden descontar pena.

03BENEFICIO

Solicitud jurídicamente viable

Libertad condicional, domiciliaria, permisos u otra alternativa aplicable.

A QUIÉN ACOMPAÑAMOSPersonas condenadas o privadas de la libertad.Familias que necesitan entender tiempos y opciones reales.Quienes tienen documentos del INPEC o del juzgado y no saben cómo avanzar.
03 / PREGUNTA CENTRAL

¿El tiempo cumplido y las redenciones permiten solicitar un beneficio?

Hay que verificar el cómputo judicial, los certificados del establecimiento y los requisitos particulares de cada alternativa.

RESULTADO DE LA PRIMERA REVISIÓNUna lectura concreta de lo cumplido, lo pendiente y la solicitud que puede sustentarse.
PARA EMPEZAR

Prepare su consulta.

No necesita tener un expediente perfecto. Estos tres elementos permiten aprovechar mejor la primera conversación.

  1. 01

    Sentencia y constancia de ejecutoria, si están disponibles.

  2. 02

    Cómputo de pena y decisiones anteriores del juzgado.

  3. 03

    Certificados de trabajo, estudio, enseñanza y conducta.

Enviar información inicial
04 / ALCANCE DEL SERVICIO

Una solicitud completa, no una expectativa.

Usted y su familia reciben una explicación concreta sobre qué se puede pedir, qué falta y cómo avanzar.

Consultar este servicio
  1. 01

    Revisión de requisitos cumplidos y pendientes.

  2. 02

    Preparación de solicitudes ante el juzgado cuando sea viable.

  3. 03

    Seguimiento de radicados, respuestas y documentos necesarios.

ATENCIÓN PROFESIONAL DIRECTA

Su caso no entra a una cadena de intermediarios.

La revisión conecta los documentos penitenciarios con los requisitos jurídicos para evitar solicitudes incompletas o prematuras.

PROFESIONALJonatan CastellanosFORMACIÓNAbogadoATENCIÓNPereira y virtual
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05 / FORMA DE TRABAJO

Del cómputo a la decisión judicial.

01

Evaluación inicial

Revisamos los hechos, documentos disponibles y decisiones urgentes.

02

Ruta jurídica

Definimos objetivos, alternativas y riesgos antes de iniciar.

03

Actuación

Ejecutamos la estrategia con soporte documental y comunicación directa.

04

Seguimiento

Controlamos términos, avances y próximos pasos durante el encargo.

ANTES DE COMENZAR

Preguntas que conviene resolver.

Una primera orientación debe ayudarle a distinguir posibilidades reales, documentos pendientes y próximos pasos.

¿Toda persona condenada puede pedir libertad condicional?

No automáticamente. Se revisan tiempo cumplido, conducta, reparación, arraigo y las condiciones legales aplicables al caso.

¿Las actividades de trabajo o estudio descuentan tiempo?

Pueden generar redención cuando están certificadas y reconocidas por la autoridad competente.

¿Puede consultar un familiar?

Sí. La familia puede iniciar la revisión y reunir documentos, aunque algunas actuaciones requieren poder o intervención directa de la persona condenada.

PRIMER PASO

Revisemos cuánto tiempo puede reconocerse.

Comparta la sentencia, el cómputo y los certificados disponibles.

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